Morelia, Michoacán, 06 de mayo de 2020. En el marco del análisis, estudio y dictamen del contenido de la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal del Ejercicio Fiscal 2018, el Pleno de la 74 Legislatura concluyó que ésta no se presentó en apego al marco jurídico aplicable y no refleja de manera razonable, la situación financiera de la Hacienda Estatal, del Gasto Público y la Evaluación del desempeño institucional y de servidores públicos, debido a la carencia de información integral conforme a la legislación contable y financiera aplicable.
Así, durante la sesión de este martes, los diputados integrantes de la Comisión de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, presentaron el dictamen derivado del análisis y la discusión del contenido de los informes de la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal 2018 realizados por la Auditoría Superior de Michoacán y de los cuales, se instruyó al órgano técnico para que en un término no mayor a 60 días naturales, informe al Poder Legislativo por conducto de la Comisión Inspectora de la ASM, cuáles serán los procedimientos instaurados y medidas de apremio aplicados a servidores públicos de las entidades que omitieron información financiera para la integración de la Cuenta Pública a fin de dar visto en su momento oportuno a la autoridad competente en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del para el Estado.
De manera particular, expusieron los legisladores, las Unidades Programáticas Presupuestarias que no integraron la información financiera para efectos de la consolidación de los estados financieros, fueron la UPP 32 Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública; UPP 33 Comisión Estatal de Cultura Física y de Deporte; UPP 38 Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo; UPP 62 Almacenes, Servicios y Transportes Extraordinarios a Comités Agropecuarios del Estado de Michoacán, S.A. de C.V. e I.P.; UPP 68 Universidad Intercultural Indígena de Michoacán; UPP 78 Comisión Estatal para el Desarrollo de Pueblos Indígenas; UPP 92 Fideicomiso de Parques Industriales de Michoacán y UPP 96 Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado de Michoacán.
Asimismo, se instruyó a la Auditoría Superior de Michoacán para que en un término no mayor a 60 días naturales informe detalladamente al Congreso del Estado sobre la Unidad Programática Presupuestal 29 Programa de Inversiones Concurrentes de los 112 Municipios y el Concejo Mayor de Cherán, donde se especifique qué monto le correspondía del fondo a cada municipio, así mismo el trámite que cada uno solicitó de proyectos y presupuesto de obra, y que cantidad neta fue entregada a cada uno de los municipios, cuál es la justificación y motivo por el que no se les entregó el recurso en su totalidad.
Adicional a lo anterior, el Pleno del Congreso instruyó a la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior de Michoacán para que en un plazo no mayor a 30 días naturales, gire instrucciones a la Unidad de Control y Evaluación del Congreso del Estado de Michoacán, a que verifique el desempeño de los servidores públicos adscrito al área de Auditoría Especial de Fiscalización Estatal, a fin de verificar el cumplimiento de las metas e indicadores del Plan de Fiscalización autorizado para la Cuenta Pública 2018.
Entre otros, también solicitaron a la ASM a dar un informe detallado, relativo a la ejecución de los 342 millones 140 mil 032 pesos, restantes de la Unidad Programática Presupuestal 29, que no se entregaron a los municipios y dé vista en el momento procesal oportuno a las autoridades competentes en caso de que algún servidor público haya incurrido en alguna responsabilidad como consecuencia de sus acciones u omisiones en el desempeño de sus funciones.
De igual forma, si se ha iniciado algún procedimiento, toda vez que no se tiene evidencia de que el destino de los fondos fuera para proyectos de Inversiones Públicas productivas sujetos al Fondo de Aportación Estatal para la Infraestructura de los Servicios Públicos Municipales.
Finalmente, los diputados locales exhortaron a los titulares de las entidades de la Administración Pública Estatal centralizada y paraestatal, así como titulares de los poderes del Estado y organismos autónomos, así como todo ente que ejerza recursos públicos para que, conforme lo mandatan las leyes en la materia, presenten de manera consolidada la situación financiera, los resultados de las operaciones, las variaciones en la hacienda pública y los flujos de efectivo; así como en lo relativo al registro de ingresos, egresos, activos, pasivos, patrimonio, control y evaluación de las operaciones programáticas presupuestarias, financieras y rendición de cuentas.