*PAN-PRI-PRD CUESTIONAN CANDIDATURA DE ALFREDO RAMÍREZ.
*LA SANCIÓN A ALFREDO NO ESTÁ FIRME.
*¿CÓMO OPINARON LOS CONSEJEROS DEL INE?
*SANCIONAR CON LA PÉRDIDA DE REGISTRO PODRÍA AFECTAR DERECHOS
*CANCELA IEM REGISTRO DE PLURINOMINALES DEL PT
*A FUERZA POR MÉXICO EN MICHOACÁN, TAMBIÉN.
*CONGRESO2021.MX, POCOS CANDIDATOS TRANSPARENTAN DATOS.
Considerar como una falta grave especial la falta de entrega del informe de gastos de campaña para la elección
de ayuntamiento de Morelia de ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA por parte de los partidos políticos que conforman
el equipo por Michoacán PRI, PAN y PRD, pone en la interpretación, de si las conductas desplegadas por el ahora
candidato de Morena al gobierno de Michoacán, fueron suficientes para tener por no registrada su candidatura
para ningún cargo de elección.
Sin embargo, tomando en consideración lo resuelto por la Sala Regional Toluca en el ST-JDC-127/2021 que fue
promovido por el propio RAMÍREZ BEDOLLA, se determinó dejar sin efectos la sanción que le impuso el INE de
negarle el registro para candidatura y califique nuevamente la sanción, incluyendo la misma cancelación, dado
que no valoró las otras sanciones que van desde la sanción y la multa.
Al final el INE reiteró la sanción, y ahora se encuentra esto último impugnado mediante el ST-RAP-31/2021 en la
propia sala regional de Toluca, de ahí que como candidato a la alcaldía de la capital michoacana por omitir el
informe de precampaña, no sería un impedimento para ser registrado para la gubernatura ya que la resolución
del INE no implica que se amplié a otros cargos de elección popular, ya que los principios y reglas de fiscalización
se aplican a cada precandidatura respecto a determinado cargo.
LA SANCIÓN A ALFREDO NO ESTÁ FIRME.
Situación que al final es aprobada por el IEM al declarar por unanimidad de votos el proyecto de registro de
ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA como candidato de la coalición Juntos haremos Historia a la gubernatura de
Michoacán; sin embargo el IEM deberá explicar las posturas de los consejeros del INE ya que su posición es
conforme a una posición distinta a la del profesor RAÚL MORÓN OROZCO, apelando que se trata de una elección
diversa.
Empero, no debe pasarse por alto que en este tipo de sanciones, aplicando el principio nullum crime, nulla poena
sine previa lege, llevaría a la situación particular, que al no estar sancionada la conducta de manera general, sino
particular, para la elección de que se trate, como es que no puede caber una sanción absoluta, que impida,
conforme al artículo 229 párrafo tercero de la Ley General de Instituciones y procedimientos electorales,
sancionar con la pérdida de la candidatura en la que se esté participando, y no prevé que se sancione en cualquier
otra candidatura en que se pueda postular el sancionado.
Lo señalado en la consulta previa por los partidos que integran el equipo por Michoacán, legitima el deseo por
bajar la presente candidatura de ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA, bajo el contexto de la sanción ejemplar como
sucedió con RAÚL MORÓN OROZCO, y que sin duda, explorar la vertiente del procedimiento especial
sancionador, es una alternativa que no puede dejarse de lado cuando los supuestos, pueden generar una
interpretación bajo la postura de los consejeros del INE.
¿CÓMO OPINARON LOS CONSEJEROS DEL INE?
¿Cómo fue la postura de los consejeros que apelan por el imperio de la ley, si se incumple la obligación de
entregar su informe de ingresos y gastos, no podrán ser registrados legalmente como candidatos?
El Consejero JAIME RIVERA VELÁZQUEZ lamentó que la indefinición de las reglas de los partidos políticos, se
utilice como medio para la opacidad. Indicó que, a pesar de que los partidos no llamen precampañas a sus
procesos de selección interna, la disposición legal obliga a quienes realizan actos y gastos tendientes a ser
registrados a una posible candidatura, a presentar con oportunidad sus informes de ingresos y gastos.
El Consejero CIRO MURAYAMA RENDÓN sostuvo que, con base en la ley, si un precandidato incumple con la
obligación de entregar su informe de ingresos y gastos de precampaña dentro del plazo establecido, no podrá
ser registrado legalmente como candidato.
“¿Qué facultades tiene este Consejo para cambiar la ley? Hasta donde yo me acuerdo, la Constitución señala que,
entre los principios rectores de la función electoral, está la legalidad y yo no encuentro una norma que nos permita
a nosotros, como autoridad administrativa, expulsar leyes del marco jurídico mexicano. Eso lo pueden hacer sólo
los tribunales constitucionales, pero no las autoridades administrativas”, afirmó.
MURAYAMA se pronunció por la aplicación irrestricta de la ley, porque “si se comienza a optar por el contentillo
de lo que nos gusta o no, yo creo que llegaríamos a un terreno muy pantanoso que no sólo ignoraría el principio
de legalidad, sino el de certeza”.
¿Cómo fue la postura de consejeros garantistas para dar una interpretación distinta en favor de los impetrantes
por la omisión por entrega extemporánea?
SANCIONAR CON LA PÉRDIDA DE REGISTRO PODRÍA AFECTAR DERECHOS
Al fijar su postura en contra de sancionar con la pérdida del registro a diversas candidaturas por la omisión en la
entrega de sus informes, el Consejero MARTÍN FAZ MORA explicó que, si bien es cierto que la pérdida del derecho
a ser registrado es la consecuencia legal que está prevista en el artículo 229 de la LGIPE, no menos cierto, es que
se trata de una medida muy gravosa que impacta negativamente en el ejercicio de los derechos políticos de las
personas involucradas.
“Como parte de la obligación genérica de protección de derechos humanos que tienen todas las autoridades del
Estado mexicano, esta autoridad electoral debe realizar un riguroso escrutinio caso por caso para determinar, en
primer lugar, si la consecuencia prevista por la ley es proporcional al daño causado al bien jurídico que se pretende
salvaguardar”.
El Consejero UUC-KIB ESPADAS ANCONA se pronunció por no sancionar de forma general a quienes no
cumplieron en tiempo y forma con el informe de gastos de precampaña, sino analizar cada caso con el objetivo
de salvaguardar en lo posible los derechos de quienes participan en el proceso electoral.
“Yo no podría en conciencia votar por una sanción rasa de suspensión de candidaturas, afectando sí a las
personas, pero también afectando a los partidos políticos y a los votantes”, aseveró. Por ello, insistió, se debe
privilegiar la imposición de otras sanciones antes de tomar la determinación de suspender o suprimir
candidaturas.
Finalmente, la sanción impuesta por el consejo general del INE a ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA, se encuentra sub
judice, por lo que no está firme, de manera que no puede considerarse como impedimento para registrarse como
candidato a gobernador, independientemente de que dicha sanción se impuso como consecuencia de una
violación a la ley, en su aspiración por ser candidato a presidente municipal.
CANCELA IEM REGISTRO DE PLURINOMINALES DEL PT
Los integrantes del Instituto Electoral de Michoacán aprobaron la cancelación del registro de nueve propuestas
de diputaciones plurinominales, postuladas por el Partido del Trabajo, registros que estaban “reservados”, pues
las propuesta de candidatos, eran evidentemente ilegales, por lo que se otorgaron 48 horas al PT para que
subsanara las deficiencias.
Nueve de las personas se encuentran en la lista de Representación Proporcional ya aprobada estaban en las
propuestas de Diputados Federales Plurinominales; esta situación en términos de la ley está prohibido, al tener
una simultaneidad en ambas candidaturas. “No podrá ser candidato para un cargo de elección popular y
simultáneamente en otro; en caso de ser así, se procederá a la cancelación”, señalaron los consejeros del IEM.
A FUERZA POR MÉXICO EN MICHOACÁN, TAMBIÉN.
Ya con la espada desenvainada, el consejo general del Instituto Electoral de Michoacán, también le canceló al
Partido Fuerza por México (FxM) el registro de las candidaturas a presidencias municipales, sindicaturas y
regidurías que integran las planillas de ayuntamientos, presentadas para Tanhuato, Vista Hermosa y La Piedad,
bajo la circunstancia de no cumplir con las ya famosas “Acciones Afirmativas” y paridad de género.
Lo anterior, no fue del agrado de la dirigente estatal de Fuerza por México KARLA MARTÍNEZ MARTÍNEZ, quien
acusó al consejo general del Instituto Electoral de Michoacán de violar el derecho humano de votar y ser votado
de sus candidatos a quienes les canceló el registro, pues dijo que ni siquiera el derecho de audiencia les
concedieron, pues andaban en campaña y ahora tendrán que parar.
CONGRESO2021.MX, POCOS CANDIDATOS TRANSPARENTAN DATOS.
La organización civil “CONGRESO2021”, convocó a todos los candidatos a diputado federal de los 10 partidos
político participantes en este proceso electoral, a que transparentaran sus situación patrimonial, para que los
electores estuviéramos consientes de por quién votar y que supiéramos cuál era la situación financiera de los
candidatos antes de llegar al cargo.
Sin embargo, aunque usted no lo crea, apenas el 1% de los casi 5 mil candidatos has aceptado subir su
información para transparentar su situación patrimonial, es decir, solo 51 candidatos lo han hecho. Por lo que
toca a Michoacán, solo 8 candidatos han tenido el valor de transparentar su situación patrimonial.
Los candidatos que destacan por tener la voluntad de transparentar sus datos financieros y patrimoniales
personales son: GRACIELA ANDRADE GARCÍA PELAEZ, BERNARDO MARÍA LEÓN, ZOE INFANTE, ANITA BEATRIZ
HERNÁNDEZ y cuatro más, es decir, 8 de 120 candidatos titulares y 120 candidatos suplentes, para que vaya
viendo usted, qué clase de candidatos tenemos.