*TEPJF DA TRIUNFO EN 23 DISTRITOS A BEDOLLA.
*CUANTITATIVAMENTE DEFINITIVO, Y ¿CUALITATIVAMENTE?
*SEGÚN ENCUESTAS MÁS DEL 50% APRUEBA A AMLO.
*EL PETISTA PACO HUACUS RENUNCIA A SU PARTIDO.
* AVANZA ELECCIÓN DE MORELIA, SALA TOLUCA CONFIRMA.
En efecto, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió en
definitiva las impugnaciones que, sobre los cómputos en 23 de los 24 distritos electorales locales de
la elección para gobernador del estado, se hicieron por parte del “Equipo por Michoacán”, faltando
por resolver solamente el distrito número 1 con cabecera en La Piedad.
Los números ya son claros y definitivos, a pesar de que se anularon las casillas 1474 contigua 4 y
1490 contigua 1 del distrito 15 con cabecera en Pátzcuaro, la diferencia de votos entre ALFREDO
RAMÍREZ BEDOLLA y CARLOS HERRERA TELLO es definitiva, de manera que numéricamente, el
triunfo de ALFREDO RAMÍREZ es ya irreversible.
CUANTITATIVAMENTE DEFINITIVO, Y ¿CUALITATIVAMENTE?
Así es, será el magistrado INDALFER INFANTE GONZÁLES, responsable de definir la validez o no de
la elección de gobernador de Michoacán, a quien tocará estudiar, analizar y resolver el fondo de la
impugnación que el “Equipo por Michoacán” hizo de la elección de gobernador del estado, pues,
reitero, cuantitativamente no hay absolutamente ninguna duda, ganó ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA.
El magistrado INFANTE GONZÁLES deberá establecer lo que los juzgadores llaman, la
“determinancia”, es decir, determinar en lo posible, cuanto pudieron influir en el ánimo del elector,
dos hechos fundamentales ya probados: la intervención del presidente LÓPEZ OBRADOR en el
proceso electoral a través de sus “mañaneras” y el otro evento también probado que ocurrió, lo es
una conferencia de prensa convocada y desarrollada por el profesor RAÚL MORÓN OROZCO, en
plena veda electoral.
Al respecto, los juzgadores, hasta el momento no tienen la menor duda que ambos eventos
sucedieron, mismos que claramente son violatorios de la norma electoral, pero, sobre todo, el
cometido por el presidente de la república, constituye una franca violación al artículo 134 de la
constitución política de los Estado Unidos Mexicanos, el que a la letra señala:
La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales, los
poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública
y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines
informativos, educativos o de orientación social. En ningún caso esta propaganda incluirá nombres,
imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.
SEGÚN ENCUESTAS MÁS DEL 50% APRUEBA A AMLO.
¿Qué tiene que ver la aprobación del presidente ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR con la
elección?, pues que uno de los factores fundamentales para determinar cuánto pudieron influir en
los electores de Michoacán las mañaneras en que el jefe del ejecutivo federal habló del proceso
electoral en tiempo de veda, lo es su popularidad.
Así es, la popularidad, la aprobación de la figura presidencial es el elemento que predispone a que
la palabra del presidente influya sobre el elector, de ahí la prohibición de que no solo el presidente
sino cualquier funcionario público pueda expresar públicamente puntos de vista sobre los procesos
electorales.
Ahora bien, la confesión pública del presidente LÓPEZ OBRADOR de hablar e intervenir en el proceso
electoral 2020-2021 tiene por probada la falta, ahora, el magistrado ponente INDALFER INFANTE
GONZÁLES deberá establecer en qué medida influyeron sus palabras en el elector de Michoacán,
como para inducir el sentido de su voto.
De manera pues, que sí para INFANTE GONZÁLEZ lo dicho por el presidente de la república en sus
mañaneras fue lo suficiente -porcentualmente hablando- para inducir el sentido del voto del elector
michoacano a favor de ALFREDO RAMÍREZ BEDOLLA, estará en condiciones de decretar la nulidad
de la elección, de lo contrario, si no influyó lo suficiente, ratificará la victoria electoral del morenista.
Igual ejercicio desarrollará el magistrado ponente respecto a la conferencia de prensa convocada y
desarrollada por RAÚLMORÓN OROZCO en su calidad de dirigente estatal del partido MORENA,
evento realizado durante el periodo de veda electoral, periodo en el que candidatos y dirigentes de
los partidos políticos tiene prohibido realizar actividades de proselitismo político.
EL PETISTA PACO HUACUS RENUNCIA A SU PARTIDO.
Pues resulta que el diputado federal electo FRANCISCO JAVIER HUACUS ESQUIVEL, recientemente
postulado para ese cargo por la coalición “Juntos Haremos Historia” integrado por los partidos
MORENA y PT, por el distrito electoral federal número 12 con cabecera en la ciudad de Apatzingán
Michoacán, hizo pública su renuncia al Partido del Trabajo y, por lo tanto, a la coalición que lo
postuló.
Consultado por este columnista, HUACUS ESQUIVEL señaló que su renuncia obedece a una cuestión
de congruencia y convicción, pues como representante popular de un partido de izquierda, ha
insistido en gestiones ante el gobierno federal, para que al menos la Guardia Nacional intervenga
en defensa de la población de los municipios de Aguililla, Coalcomán y Tepalcatepec.
Sin embargo, el aún legislador federal reelecto, dijo que se hartó de escuchar tanto de los mandos
del ejército como de la Guardia Nacional que no podían atender su solicitud, pues las instrucciones
de los mandos superiores a nivel nacional eran de no meterse en el conflicto que dirimen los grupos
delincuenciales en la región.
AVANZA ELECCIÓN DE MORELIA, SALA TOLUCA CONFIRMA.
Este sábado, el pleno de la Sala regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación, resolvió las impugnaciones de los municipios de Uruapan, Hidalgo, Lázaro Cárdenas, La
Piedad, Tarímbaro y Morelia, resoluciones en las que se confirmaron las sentencias emitidas por el
Tribunal Electoral del Estado de Michoacán.
Como se recordará, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán declaró válidos los cómputos
municipales y, por lo tanto, también declaró válidas las elecciones, como válidas las constancias de
mayoría y la declaración de alcaldes electos de los citados municipios, por lo que, en el caso de
Morelia, ALFONSO MARTÍNEZ ALCÁZAR es alcalde electo.
Particularizo lo anterior, por que las autoridades municipales en funciones que encabeza “EL
JARACHO ARRONIZ, han obstaculizado los trabajos de entrega recepción entre las dos
administraciones, la saliente con la entrante y eso que faltan solo 9 días para el relevo, pero,
además, los actos electorales no tienen efectos suspensivos, por lo que cualquier impugnación de
la elección, no puede ser pretexto para la entrega recepción de un ayuntamiento