Morelia, Michoacán, 15 de mayo de 2020. La utilización del transporte público como medio de propaganda electoral es un acto agraviante por ser un bien público que, al ser parte de los bienes del Estado a través de una concesión, rompe la equidad en todo proceso electoral, así lo afirmó el diputado local Salvador Arvizu Cisneros, al presentar la iniciativa mediante la cual se reforman y adicionan diversos artículos a la Ley de Transporte Público del Estado de Michoacán de Ocampo; así como del Código Electoral del Estado de Michoacán de Ocampo, en materia de publicidad comercial y propaganda electoral.

“Este acto debe ser considerado como una injerencia del Estado a través de la propaganda en el transporte público en favor de un candidato, partido o coalición”, expresó el legislador petista, quien recordó que el otorgamiento de una concesión de servicio público, para el transporte colectivo, es un acto administrativo por el cual el Ejecutivo del Estado encarga o delega jurídicamente a una persona, física o moral, por un periodo de tiempo previamente establecido, la prestación y funcionamiento de un servicio público para la sociedad.

“Estos objetivos se ven estropeados con la colocación excesiva de publicidad comercial y propaganda electoral en los transportes públicos; si bien es cierto que la propaganda electoral es una técnica de presión social destinada a lograr en los individuos determinadas formas de pensar o de actuar u obtener solidaridades con ciertos grupos y adhesiones fuertes, es más cierto, que causan graves problemas de seguridad, ante los elevados índices de violencia, y actos delictivos que vienen dándose a bordo de unidades de transporte colectivo, pues la propaganda electoral y la publicidad comercial, cubren los cristales y obstaculizan la visibilidad interior y hacia el exterior de los vehículos; además generan contaminación visual y son un distractor para otros conductores, que producen inseguridad para los pasajeros y conductores de otros vehículos”, dijo.

En ese sentido, mencionó que toda aquella persona, física o moral, que sea concesionaria o permisionaria del servicio público de transporte colectivo, debe respetar y hacer respetar el bien público que se le encomienda, sin obtener otro beneficio que el otorgado por la explotación de la concesión que el Estado le concedió, para realizar el traslado y desplazamiento de los ciudadanos y no la de promotores electorales.

“Compañeros legisladores, considero necesario impulsar la reforma que hoy planteo con la finalidad de combatir también la contaminación visual y proteger el bien social, pues con la aplicación de las medidas pertinentes, para no colocar propaganda electoral y comercial en el transporte público y en los lugares de ascenso y descenso de pasajeros, se pretende disminuir el problema ambiental en cuanto a la basura que se genera; al mismo tiempo, para brindar certeza jurídica a los titulares de las concesiones que prestan el servicio público de pasajeros”, afirmó.