*¿PUEDE ESTADO LEGISLAR MATERIA INDÍGENA MUNICIPAL?
*“SENTENCIA SOLO APLICA AL MUNICIPIO DE TANGAMANDAPIO”.
*GRUPOS DELINCUENCIALES DIPUTAN PODER AL ESTADO.
*¿YA LA REMOSIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CEDH HASTA CUÁNDO?
*EL SÁBADO UNGEN A J.P. CELIS PRESIDENTE DE MORENA.
En esta columna siempre hemos hecho críticas a quienes ejercen el poder público y al cómo lo ejercen, sobre todo, cuando sus acciones impactan a la sociedad, de ahí que en esta ocasión le sugerimos al cuerpo de abogados que asesoran tanto al titular del poder ejecutivo como al poder legislativo, que le den un leída al engrose de la sentencia pronunciada por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la controversia 56/2021 sobre materia indígena.
En la citada controversia promovida por el ayuntamiento de Tangamandapio Michoacán, se controvierte la constitucionalidad del capítulo XXI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán reformada por el congreso del estado en sus sesión ordinaria del pasado 15 de marzo de 2021 y publicada en el periódico oficial del gobierno del estado el 30 de marzo de 2021 por el entonces gobernador del estado SILVANO AUREOLES CONEJO.
Al respecto, en la sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, celebrada el pasado jueves 18 de agosto, se declaró la invalidez de dicho capítulo XXI de la citada ley por no haber hecho la consulta a los pueblos indígenas y obtenida su aprobación, que previamente a aprobar la ley, debió de hacer el congreso del estado.
Sin embargo, en la referida sesión presencial -por cierto- el ministro JORGE PARDO REBOLLEDO en una de sus intervenciones para emitir su voto señaló: “Solamente quiero compartir una inquietud porque en el estudio de fondo, que viene en el proyecto, se establece que no tiene competencia el Estado para legislar sobre los aspectos a los que se refieren las normas, tan es así que las estamos invalidando porque están en el ámbito competencial del municipio.”
Enseguida en ministro PARDO agregó: “Entonces, la duda que me surge es: ¿qué caso tendría que se consultaran estas disposiciones si no hay por parte del Estado la competencia para legislar sobre esos aspectos específicos? Yo sé que se me diría: bueno, pues —ya— veremos qué legislan después de la consulta. Pero no quise dejar pasar la oportunidad para compartir esta inquietud: si los van a consultar y, al final, —vamos a suponer— vuelven a legislar en el mismo sentido, el destino final será invalidarlas porque no corresponde a su ámbito competencial.”
“SENTENCIA SOLO APLICA AL MUNICIPIO DE TANGAMANDAPIO”
El pasado 23 de agosto, mediante boletín oficial, la secretaría de gobierno señala que los efectos de la sentencia emitida por la SCJN en torno a la controversia constitucional 56/2021, solo aplicará al municipio de Tangamandapio que, fue quien controvirtió dicha ley y hace saber que, el derecho de las demás comunidades indígenas de los otros 112 municipios, quedan salvaguardadas para el ejercicio del autogobierno y el presupuesto participativo.
Sin embargo, el pasado 20 de agosto, FREDY RAMÍREZ BEDOLLA en gira de trabajo por el municipio de Tangamandapio señaló: “Que se impulsará esta normatividad para que cumpla con los requisitos que pide la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tras invalidar, en días pasados, artículos de la ley sobre autogobierno y acceso al presupuesto directo, por considerar que los pueblos originarios no fueron consultados para elaborar la Ley Orgánica Municipal vigente.”
Con lo expresado, FREDY reconoce que la SCJN no falló en contra de las comunidades indígenas ni de sus derechos, pues además a lo anterior agregó: “Junto con las comunidades indígenas iremos rápido para tener una legislación más clara y precisa sobre el autogobierno, y además se ampliará en materia de justicia y seguridad para los pueblos originarios”, tras mencionar que se volverá a consultar a las comunidades de forma previa, libre e informada sobre este tema.
Y es precisamente, en razón de los expresado por FREDY, que a sus abogados y a él mismo que tiene título de abogado, les recomendamos darle una lectura por lo menos a la versión estenográfica de la sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del pasado 18 de agosto, pues dicha lectura les podría ahorrar muchos problemas, sobre todo, por lo expresado por el ministro JORGE PARDO REBOLLEDO.
El estado- los tres poderes- ejecutivo, legislativo y judicial, no tienen competencia para legislar en materia indígena municipal, esa materia, es exclusiva de los cabildos e insistir en hacer la reforma desde el congreso, a pesar de que se haga la consulta, la misma sería objeto de una controversia constitucional en materia competencial y advertidos están, ya lo dijeron los ministros, tendrán que declararla inválida. ¡Ojo!
GRUPOS DELINCUENCIALES DIPUTAN PODER AL ESTADO.
Claro que a lo largo de varios años habíamos escuchado o leído en medios de comunicación, las conductas de los grupos delincuenciales y sus formas de operación, la estridencia mediática de tales conductas, incluso, el modus operandi de algunos grupos de la delincuencia organizada, así como la narrativa de sus diferencias y las formas de dirimirlas.
Sin embargo, después de lo ocurrido en el municipio de Tuzantla Michoacán el pasado 24 de agosto, pudimos enterarnos vía redes sociales, las pretensiones de dichos grupos delincuenciales, las que ya rayan en lo ridículo pero con altísimas posibilidades de que sean realidad y se estén poniendo en práctica en algunos puntos de nuestro país.
En las redes sociales circuló un post que señala lo siguiente:
“La semana pasada el pez le dio la orden al chaparro que tenía que cobrarle cuota a todas las casas por persona que vivieran y por animales que tuvieran, igual por trabajadores que tuviera cada negocio…”
Ni duda cabe, que el gobierno está siendo incapaz de cumplir con el pacto social, pues no logra, a pesar de estar obligado, a otorgar los derechos humanos a los ciudadanos que gobierna, lo que de por sí ya es grave, pues más grave es que los grupos delincuenciales le estén disputando la gobernanza y el territorio.
El cobro de piso y otro tipo de extorsiones, terminan siendo un tipo de impuesto metalegal que mediante el uso de la fuerza ilegítima, realizan los grupos delincuenciales, no son otra cosa, que la materialización de la conquista del territorio que estos grupos han realizado ante la inoperancia del gobierno que por ello, cede sus facultades.
¿YA LA REMOSIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CEDH HASTA CUÁNDO?
En término del periodo de sesiones del congreso del estado del primer año legislativo, impidió el perfeccionamiento de la secuela procesal para la destitución del actual presidente de la Comisión estatal de Derechos Humanos MARCO ANTONIO TINOCO ÁLVAREZ, quien al decir de algunos diputados integrantes de la comisión de derechos humanos, ha tenido una actuación de irregular a mala, con muchísimas observaciones.
Y es que, después de que rindiera en el mes de mayo pasado su primer informe sobre el estado que guarda la comisión a su cargo, los diputados integrantes de la comisión de derechos humanos receptora de dicho informe, declararon a dicho informe como incompleto y con muchas irregularidades de carácter administrativo.
Y no solo diputados integrantes de la comisión de derechos humanos del congreso han expresado su inconformidad con TINOCO ÁLVAREZ, pues a lo largo del presente año han ocurrido muchos eventos de trascendencia estatal en la que se han afectado los derechos de grupos minoritarios y marginados, en los que la CEDH no se ha manifestado y eso es grave, de manera que a partir del 15 de septiembre próximo, se reanuden las investigaciones que terminen dándole las gracias a TINOCO.
EL SÁBADO UNGEN A J.P. CELIS PRESIDENTE DE MORENA.
La noche del pasado miércoles, la comisión nacional de elecciones del comité ejecutivo nacional de Morena, dio a conocer el dictamen de los resultados de la elección interna en Michoacán en la que se eligieron a 120 consejeros estatales, 10 por cada distrito electoral federal, los que tomarán protesta el próximo sábado e instalarán su asamblea de consejo estatal.
Como ya es popularmente conocido, por decisión de FREDY RAMÍREZ BEDOLLA “Primer Morenista del Estado”, en dicho consejo estatal, se elegirá como el nuevo presidente del comité ejecutivo estatal en Michoacán a JUAN PABLO CELIS SILVA, quien sustituirá a su ex esposa JULIANA BUGARINI y de esa forma, Morena retorna a la legalidad estatutaria.
No deja de llamar la atención que en el dictamen de la comisión nacional de elecciones, se eliminaron los nombres de YARITZA ROSAS GAONA y LUIS GUSTAVO LIMAS GARCÍA, los que, según la sábana de resultados publicada el día de la elección en el centro de votación instalado en el municipio de Múgica, obtuvieron 11,338 y 11,258 votos en ese orden, sin embargo, sus nombres no aparecen en el dictamen final. ¿Qué pasó? Nadie sabe.
Aunque se imponga la voluntad de FREDY a la hora de conformar el comité ejecutivo estatal, las tribus morenistas intentarán obtener la cuota de poder que les corresponde de acuerdo a su fuerza en el consejo, de manera que no queda duda que la secretaria general será de ADN que lidera CARLOS TORRES PIÑA, tribu que se llevará más posiciones después de las de FREDY.
Hay que recordar que FREDY y ADN de TORRES PIÑA se llevaron 87 consejeros, que son el 72.5% del consejo; RAÚL MORÓN y su R-21 se llevaron 9 consejeros que equivale al 7.5%; FIDEL CALDERÓN se llevó 8 consejeros que son el 6.66%; Morenos de Corazón y SERGIO EL YEYO PIEMENTEL 4 consejeros cada uno que significa el 3.33% c/u; LEONEL GODOY se llevó 3 consejeros que es el 2.5%; OSVALDO RUÍZ y JUANCARLOS BARRAGÁN dos consejeros cada uno que significa el 1.66% y finalmente CHÓN BÁEZ con uno que significa el 0.83%. En base a esto, será el reparto.