Morelia, Michoacán, 15 de mayo de 2020. Para prevenir y sancionar la violencia política por razón de género, la diputada Lucila Martínez Manríquez presentó la armonización del marco normativo estatal para poderle dar viabilidad a lo aprobado por el Congreso de la Unión.
Al hacer uso de la Máxima Tribuna, la legisladora presentó la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán y la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán.
La legisladora resaltó la importancia de que en Michoacán se continúen cristalizando normas y esfuerzos para tipificar la violencia política de género y sancionar a los partidos políticos, candidatos y aspirantes a cargos de elección que violenten a las mujeres que ejercen la política.
Recordó que el Senado de la República reformó las leyes generales de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; de Instituciones y Procedimientos Electorales; del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; de Partidos Políticos; y, en Materia de Delitos Electorales, así como las leyes orgánicas de la Fiscalía General de la República y del Poder Judicial de la Federación. Dicha minuta fue avalada por la Cámara de Diputados y publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 13 de abril, con lo que cual se sentó un precedente histórico de cara a las elecciones de 2021, ya que las mujeres podrán acceder a la mitad de las 24 mil candidaturas a cargos de elección, sin ser víctimas de violencia.
En ese contexto, dijo que dicho decreto demanda de los estados una armonización a su marco normativo para crear, entre otras cosas, un catálogo amplio de sanciones para funcionarios, candidatos, partidos políticos y medios de comunicación que cometan conductas violentas hacia las mujeres que participen en los procesos electorales o que ejerzan un cargo político.
Por ello, es que este viernes en la sesión Lucila Martínez presentó la propuesta al Pleno de la LXXIV Legislatura Local, con la finalidad de armonizar la legislación estatal para sancionar la violencia política por razón de género, lo cual representa una oportunidad para que con ello, el Congreso del Estado pase a la historia como aquella que fortaleció la democracia inclusiva a favor de las mujeres.
“Para que la violencia política que enfrentamos las mujeres deje de ser un obstáculo para el ejercicio de nuestros derechos políticos, es necesario que se reformen la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán y la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado”.
En la armonización que plantea Lucila Martínez, se establece que la violencia política contra las mujeres en razón de género es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, entre otros.
La violencia política contra las mujeres puede expresarse al incumplir las disposiciones jurídicas nacionales e internacionales que reconocen el ejercicio pleno de los derechos políticos de las mujeres; restringir o anular el derecho al voto libre y secreto de las mujeres, u obstaculizar sus derechos de asociación y afiliación a todo tipo de organizaciones políticas y civiles, en razón de género y al ocultar información u omitir la convocatoria para el registro de candidaturas o para cualquier otra actividad que implique la toma de decisiones en el desarrollo de sus funciones y actividades, entre otros establecidos en la iniciativa que este día presentó.
Las autoridades responsables de la aplicación de esta Ley, estarán obligadas a elaborar acciones y políticas públicas que integren en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género, el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán y el Instituto Electoral de Michoacán, podrán solicitar a las autoridades competentes el otorgamiento de las medidas a que se refiere la presente Ley.
El Sistema Estatal estará integrado por la Comisión de Igualdad Sustantiva y de Género del Congreso del Estado; el Instituto Electoral de Michoacán; los representantes de instituciones académicas o de investigación con conocimiento y trabajo relevante sobre el tema de la violencia contra la mujer; y, organizaciones de la sociedad civil con conocimiento y trabajo relevante sobre el tema de la violencia contra la mujer en el Estado.
Las instituciones académicas o de investigación que se incorporen al Sistema Estatal, podrán ser públicas o privadas y deberán estar incorporadas a la Secretaría de Educación o a alguna institución de educación superior pública, así como contar con conocimiento y trabajo relevante sobre el tema de Violencia contra las Mujeres y con experiencia de por lo menos dos años en la atención y prevención de la Violencia contra las Mujeres en el Estado de Michoacán.
En tanto el Instituto Electoral de Michoacán deberá promover la cultura de la no violencia en el marco del ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres, así como incorporar la perspectiva de género al monitoreo de las transmisiones sobre las precampañas y campañas electorales en los programas en radio y televisión que difundan noticias, durante los procesos electorales, y sancionar, de acuerdo con la normatividad aplicable, las conductas que constituyan violencia política contra las mujeres en razón de género.
Al armonizarse la legislación, la Fiscalía debería presentar la adecuación a su Plan de Persecución de Delitos 2019-2028, en la que se incorpore la Creación de la Base Estadística Estatal de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.